Obligación de implantar un plan de igualdad

Todas las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato entre hombres y mujeres, y evitar cualquier tipo de discriminación laboral en el seno de la empresa.

Sin embargo, el 1 de marzo de 2019, mediante Real Decreto Ley 6/2019, se implantó la obligación para las empresas de implantar un plan de igualdad, y tenerlo a disposición de la autoridad laboral, inspección de trabajo y autoridades sanitarias de la siguiente forma:

  • Empresas entre 50 y 100 personas trabajadoras tienen un plazo hasta 7 de marzo de 2022 para implantar el plan de igualdad.
  • Empresas entre 100 y 150 personas trabajadoras tienen un plazo hasta 7 de marzo de 2021 para implantar el plan de igualdad.
  • Empresas entre 150 y 250 personas trabajadoras tienen hasta 7 de marzo de 2020.

Las empresas de más de 150 personas trabajadoras ya tienen implementado el plan de igualdad. Desde EMHE LEGAL queremos poner el foco en la mediana y pequeña empresa, que ya tienen la obligación de implantar este plan, en las fechas indicadas, y que de lo contrario podría conllevar una serie de responsabilidades como una infracción grave por parte de la Inspección de Trabajo o la prohibición de contratar en el sector público.

La implantación de un plan de igualdad debe de llevar aparejado un diagnóstico de la  situación empresarial que ponga de manifiesto, las siguientes áreas: selección y contratación, clasificación profesional, formación, promoción profesional, condiciones de trabajo, corresponsabilidad de los derechos de la vida personal, familiar y laboral, infrarrepresentación femenina, retribución, y prevención del acoso sexual y por razón de sexo, incluyendo también una auditoría salarial entre mujeres y hombres. Para ello la empresa deberá de negociar de buena fe estos aspectos con los representantes de los trabajadores, si los tiene, para no incurrir en conductas antisindicales.

Desde el departamento Laboral de EMHE LEGAL queremos trasladarles que es fundamental, y en algún caso obligatorio, como hemos señalado, tener un Plan de Igualdad, ya que independientemente de la posibilidad de asumir los compromisos exigidos en dicho plan que pueden permitir evitar situaciones conflictivas en la empresa, sería un signo de calidad por parte de las mismas demostrando que tienen un mecanismo eficaz para evitar situaciones de discriminación laboral en la empresa. Contáctenos si desea recibir más información o que elaboremos para su empresa el Plan de Igualdad.

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