Alta Seguridad Social de las personas vinculadas a la sociedad

¿Sabías que no todos los administradores societarios se integran en el régimen de autónomos?

Efectivamente, un socio administrador de una mercantil capitalista puede encuadrarse en el régimen de trabajadores autónomos o en el régimen general como asimilado, es decir, con exclusión de la prestación del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) y de la prestación por desempleo.

Este encuadramiento depende del porcentaje de participaciones de éste, atendiendo a si tiene o no el poder efectivo de la sociedad, para lo que la Seguridad Social establece una serie de premisas y presunciones.

Otros elementos que pueden influir en el encuadramiento, son el ejercicio efectivo de las funciones de dirección y gerencia, y el carácter retribuido o no del cargo de administrador.

Lo mismo sucede respecto de los socios trabajadores, éstos pueden encuadrarse en el régimen de trabajadores autónomos o en el régimen general sin exclusiones. Aunque en este caso el único factor a tener en cuenta es el poder efectivo sobre la empresa, conforme a una serie de premisas y presunciones establecidas legalmente.

Para más información no dude en contactar con nuestro equipo del departamento laboral.

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